SE POSTERGO EL USO OBLIGATORIO DEL PLAN CONTABLE CENERAL EMPRESARIAL
Como se recordará mediante Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 041-2008-EF/94 (25.10.2008) se aprobó el Plan Contable General Empresarial (PCGE) el mismo que entraría en vigencia a partir del 01.01.2010 y con fecha 14 de Noviembre del 2009, Al publicarse la Resolución
del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 042-2009-EF/94 se establece el diferimiento del uso del PCGE hasta el 01.01.2011. Sin embargo, optativamente puede aplicarse para el año 2010. La aplicación del PCGE, para el 2010. Recuérdese que la ResoluciónNº 041-2008-EF/94 recomendó la aplicación anticipada del citado Plan de Cuentas para el 2009.
Debemos rcordar que la importancia de la armonización de un Plan de Cuentas con la Normativa Contable, en particular, con las Normas Internacionales de Información Financiera (considerándose comprendidas las NIC´s y normas interpretativas SICs y CINIIFs). En efecto, tan cierto es lo anterior, que incluso el citado PCGE incorpora, en cada una de las cuentas, una referencia a las NIIF´s vinculadas a cada una de ellas. El PCGE cuando se señala que el mismo es congruente y se encuentra homogenizado con las NIIF´s oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad. De igual forma, el PCGE concluye que en todos los casos, las prescripciones de las NIIF´s prevalecen sobre las disposiciones contenidas en el PCGE. Cabe resaltar que, como quiera que ha de existir una adecuada compatibilización entre lo dispuesto por las NIIFs y las disposiciones contenidas por el PCGE, puede suscitarse una ausencia de regulación específica sobre ciertos temas, tales como los fideicomisos, titulización de activos, entre otros; ante dicha circunstancia, el PCGE salva dicha situación por cuanto se ha estructurado sobre la base de la experiencia internacional disponible así como en los conceptos y definiciones contenidas
en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros (léase Marco Conceptual). siendo precisamente este PCGE el que se adecúa a las exigencias normativas antes descritas, máxime si tenemos en cuenta que el mismo se constituye en la herramienta de “primera base” sobre la cual se estructuran los EEFF. Acontinuacion les dejo La Resolucion publicada por el Peruano para que uds. tambien lo leean .
Como se recordará mediante Resolución del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 041-2008-EF/94 (25.10.2008) se aprobó el Plan Contable General Empresarial (PCGE) el mismo que entraría en vigencia a partir del 01.01.2010 y con fecha 14 de Noviembre del 2009, Al publicarse la Resolución
del Consejo Normativo de Contabilidad Nº 042-2009-EF/94 se establece el diferimiento del uso del PCGE hasta el 01.01.2011. Sin embargo, optativamente puede aplicarse para el año 2010. La aplicación del PCGE, para el 2010. Recuérdese que la ResoluciónNº 041-2008-EF/94 recomendó la aplicación anticipada del citado Plan de Cuentas para el 2009.
Debemos rcordar que la importancia de la armonización de un Plan de Cuentas con la Normativa Contable, en particular, con las Normas Internacionales de Información Financiera (considerándose comprendidas las NIC´s y normas interpretativas SICs y CINIIFs). En efecto, tan cierto es lo anterior, que incluso el citado PCGE incorpora, en cada una de las cuentas, una referencia a las NIIF´s vinculadas a cada una de ellas. El PCGE cuando se señala que el mismo es congruente y se encuentra homogenizado con las NIIF´s oficializadas por el Consejo Normativo de Contabilidad. De igual forma, el PCGE concluye que en todos los casos, las prescripciones de las NIIF´s prevalecen sobre las disposiciones contenidas en el PCGE. Cabe resaltar que, como quiera que ha de existir una adecuada compatibilización entre lo dispuesto por las NIIFs y las disposiciones contenidas por el PCGE, puede suscitarse una ausencia de regulación específica sobre ciertos temas, tales como los fideicomisos, titulización de activos, entre otros; ante dicha circunstancia, el PCGE salva dicha situación por cuanto se ha estructurado sobre la base de la experiencia internacional disponible así como en los conceptos y definiciones contenidas
en el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Estados Financieros (léase Marco Conceptual). siendo precisamente este PCGE el que se adecúa a las exigencias normativas antes descritas, máxime si tenemos en cuenta que el mismo se constituye en la herramienta de “primera base” sobre la cual se estructuran los EEFF. Acontinuacion les dejo La Resolucion publicada por el Peruano para que uds. tambien lo leean .
Fuente: elecodelcontador
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