Esta resolución comienza ser vigente a partir del 01 de enero del 2010, donde se implementará las disposiciones relativas a los libros electrónicos.
De igual forma se supende hasta el 30 de junio del 2010 los formatos de los libros previstos en el artículo 13 de la RS Nº 234-2006/SUNAT. Se encuentra disponible en el siguiente enlace: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2009/286-09.pdf
De igual forma se supende hasta el 30 de junio del 2010 los formatos de los libros previstos en el artículo 13 de la RS Nº 234-2006/SUNAT. Se encuentra disponible en el siguiente enlace: http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2009/286-09.pdf
Fuente: sunat
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