Se sancionará económicamente, por primera vez, a quienes incumplan las disposiciones de la Ley General de la Persona con Discapacidad y de su reglamento.
El dispositivo legal que establece infracciones y sanciones, publicado en “El Peruano”, fija multas que, dependiendo del tipo de falta (leve, grave o muy grave), serán de S/.1.775 (50% de 1 UIT) a S/.42.600 (12 UIT).
La norma publicada... considera una falta muy grave, por ejemplo, no acondicionar elementos que faciliten el acceso de personas discapacitadas a los lugares públicos. Este tipo de infracciones se sancionarán con multas de entre S/.28.400 y S/.42.600.
Asimismo, una de las faltas graves es no reservar el 5% de las vacantes en los procesos de admisión a universidades, institutos o escuelas superiores para personas con discapacidad. Esta omisión podría recibir una sanción de entre 7.100 y 28.400 soles.
Entre las faltas leves figura no descontar a los discapacitados el 50% del valor de las entradas de espectáculos organizados por el Estado. No cumplir esta norma se castigará con una multa de hasta S/.7.100.
Es común que en la calle los discapacitados nos topemos con obstáculos. Casi siempre tenemos problemas con los accesos. Muchas veces, la arquitectura tiene un fin económico y no social. La ley que sanciona es un buen inicio, pero el cambio verdadero debe darse en la conciencia de todos”, dijo Sebastián Solari, reconocido artista plástico al que en 1996, cuando fue víctima de un asalto, un balazo le quitó la capacidad de caminar.
Las cabinas de internet tendran un plazo de 150 dias para adecuar sus instalaciones y por lo menos alguna computadora debe contar con programas especializados y de hardware adecuado para personas con alguna discpacidad.
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